El Ministerio de Trabajo y el Seguro Social (MTSS) informó que el próximo viernes 15 de agosto es el Día de la Madre. Este día es una fiesta de pago obligatoria.
El disfrute de estas vacaciones se mantiene para el mismo viernes, es decir, no se mueve. Según el Código Laboral, los empleados no pueden verse obligados a trabajar, solo si aceptan hacerlo. Si la persona se opone, no se puede sancionar.
Pero si funciona, la legislación indica que los centros de trabajo con pago semanal en actividades no comerciales se pagarán los días que funcionaron esa semana. Y se agrega el valor de un día adicional durante las vacaciones trabajadas.
Es decir, se debe agregar un salario simple para completar el doble pago.
En el caso de las empresas que aplican el pago semanal, bi -semanas o mensual en actividades comerciales, se paga el salario completo de la semana, dos semanas o mes, incluso si no funcionó esas vacaciones. Si las vacaciones funcionan, el salario de otro día debe cancelarse.
Si se trabajan horas adicionales en estas vacaciones, tienen que pagar a tiempo, es decir, un pago triple.
Todas las personas trabajadoras tienen derecho a disfrutar de las vacaciones, independientemente del tipo de actividad laboral que realicen. Esto incluso si la empresa es a nivel nacional, transnacional o internacional.
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