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TSE: Límite máximo de votantes en circunscripciones para 2026.

Diez meses después de la celebración de las elecciones presidenciales y legislativas que se llevarán a cabo el año próximo, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) ha determinado, en coordinación con el Comité Electoral (JRV), la cantidad de votantes que podrán acudir a las Juntas Receptoras de Votos. Según esta decisión, cada una de estas juntas podrá admitir un número máximo de hasta 650 votantes, lo que representa un marco clave para la organización electoral.

El TSE fundamentó esa cifra tomando en cuenta datos estadísticos de las dos últimas elecciones nacionales, que se realizaron en los años 2018 y 2022. Además, también se han evaluado las proyecciones estimadas de los ciudadanos que podrían ejercer su derecho al voto el próximo 1 de febrero de 2026, fecha fijada para las elecciones venideras.

De acuerdo con el análisis realizado, se llegó a la conclusión de que, en aquellas áreas donde el porcentaje de participación electoral durante las anteriores elecciones superó el umbral del 55%, se permitirá la conformación de Juntas Receptoras de Votos que contengan hasta 600 votantes. Por otro lado, en los lugares donde la participación fue menor o igual al 55%, el número de votantes permitidos se ampliará hasta 650 por cada gabinete electoral, favoreciendo así una mejor organización y atención al voto.

Con este esquema, se anticipa que se abrirán aproximadamente 6,800 Juntas Receptoras de Votos para las elecciones que están por venir, lo que garantizará un acceso adecuado a los votantes y, al mismo tiempo, una adecuada logística para llevar a cabo el proceso electoral de manera eficiente.

TSE: Voto en el extranjero y Juntas Receptoras de Votos especiales

En el caso de las Juntas Receptoras de Votos que se establezcan en el extranjero, se ha estipulado que cada una podrá albergar un máximo de hasta 1,200 votantes. Se debe subrayar que estos ciudadanos en el exterior únicamente emitirán su voto para la elección de la Oficina Presidencial y del Vicepresidente de la República, lo que simplifica su participación en el proceso electoral desde el extranjero.

Además, en relación con los centros institucionales, aquellos ubicados en casas largas y en centros de atención a personas con enfermedades mentales que han tenido conflictos con la ley, se ha tomado la decisión de establecer Juntas Receptoras de Votos adjuntas a estos centros, asegurando que todos los ciudadanos, independientemente de su situación, puedan ejercer su derecho al voto.

En las excepciones planteadas, el número máximo de votantes permitido en el ámbito nacional podría llegar a ser de hasta 700 votantes por junta electoral, y para aquellos ubicados en el exterior hasta 1,250 votantes, ofreciendo así una variabilidad que responde a las necesidades específicas de cada situación.

Cabe destacar que en las elecciones nacionales del año 2018, el límite de votantes en las Juntas Receptoras de Votos se estableció en 650, mientras que en las elecciones que tuvieron lugar en 2022, dicho límite se elevó a 700 votantes, reflejando una evolución en la organización del proceso electoral.

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