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Esto fue lo que los magistrados expresaron al denegar el permiso para que Campos sirviera.

En la sesión llevada a cabo el lunes 31 de marzo de 2025, el Tribunal Plenario tomó la decisión de rechazar la extensión del consentimiento solicitado por Gerald Campos Valverde sin que se le otorgara placer salarial. Esta decisión tiene implicaciones significativas para la carrera de Campos, quien actualmente ocupa el cargo de Ministro de Justicia y es un funcionario oficial de la Agencia de Investigación Judicial (OIJ). La licencia que poseía hasta ahora caducará el 8 de mayo de 2025.

De acuerdo con la disposición establecida en el artículo NARAL 44 de la ley orgánica del poder judicial, es necesario que un acuerdo reciba el respaldo de al menos tres cuartos de los magistrados para que se conceda el consentimiento correspondiente. En términos numéricos, esto significa que se requerían al menos 17 votos favorables de un total de 22 magistrados presentes en la votación.

Sin embargo, en esta ocasión, el resultado fue que un total de 10 magistrados decidieron no otorgar la extensión del permiso. La decisión fue fundamentada en la interpretación de la ley mencionada. El artículo 44 aclara: «… Para servir en otra dependencia del estado, el acuerdo debe adoptar para tres cuartos del total de magistrados o miembros del consejo, cuando sea apropiado …»; disposición que regula la validez de tales acuerdos dentro del marco del poder judicial.

Con base en esta interpretación, Gerald Campos puede proseguir en su función como Ministro de Justicia; no obstante, se le exige que renuncie a su posición en el OIJ. El año anterior, en 2023, el tribunal había tomado una decisión similar al rechazar un permiso, lo que llevó a Campos a presentar una apelación para reconsiderar la decisión. Gracias a sus esfuerzos, logró obtener los 17 votos necesarios para continuar en su posición tras esa apelación.

La negativa del tribunal este año fue acompañada de justificaciones por parte de los magistrados. Por ejemplo, la presidenta de la sala de jueces criminales, Patricia Solano, advirtió que las «puertas rotativas» podrían resultar en una politización de las acciones dentro del poder judicial, lo que podría comprometer la integridad del sistema. Además, el magistrado de la sala constitucional, Paul Rueda, expresó que la concesión de estos permisos tiene un impacto adverso en la imparcialidad e independencia que debe caracterizar a nuestro poder judicial.

El contexto de esta decisión refleja los constantes desafíos que enfrenta el sector judicial en torno a la independencia y la objetividad de sus integrantes, así como la manera en que las decisiones políticas pueden influir en su funcionamiento. De esta forma, la reciente resolución del Tribunal Plenario servirá como un punto de debate sobre la necesidad de mantener la separación entre lo judicial y lo político en el ejercicio de las funciones públicas.

Esto fue lo que los magistrados expresaron al denegar el permiso para que Campos sirviera.

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