El Ministerio de Salud ha publicado el Reglamento Técnico que prohíbe sabores de frutas y otros aromas atractivos en líquidos para vapear.
Además de establecer un límite máximo de nicotina de 20 mg/ml (2%) para los productos comercializados en Costa Rica.
«La normativa busca reducir el impacto del vapeo en la población adolescente y fortalecer el control sanitario», afirmó la ministra de Salud, Mary Munive.
«Uno de cada 10 adolescentes entre 12 y 17 años utiliza vapeadores, con mayor consumo entre las mujeres», afirmó el dirigente, basándose en datos de la última encuesta de la IAFA.
Los casos han aumentado
Según información de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), los casos de enfermos relacionados con el vapeo han aumentado de 13 a más de 4.500 en los últimos dos años.
Ante esto, el ministerio advirtió que esta tendencia refleja un impacto creciente en la salud pública, especialmente en los jóvenes.
«El consumo de nicotina puede generar una fuerte adicción y afectar el desarrollo del cerebro, así como la salud mental y respiratoria», destacó Munive.
(Foto cortesía/Eurodiputado).
Sabores limitados
Mientras que el nuevo reglamento solo autoriza 16 químicos en líquidos para vapear, todos con sabor a tabaco.
Además, prohíbe cualquier aroma que genere placer o resulte atractivo para niñas, niños y adolescentes, incluidos los aromas asociados a frutas, postres o dulces.
También se imponen restricciones a los envases y presentaciones. Los productos no pueden incluir:
- Personajes
- Figuras
- Logotipos deportivos
- Banderas
- No se permiten formas que imiten juguetes o útiles escolares.
Por otro lado, la normativa limita el volumen de los envases a 10 ml cuando contengan nicotina, con el objetivo de reducir el riesgo de consumo excesivo.
Las regulaciones también introducen una prohibición general de la publicidad, promoción y patrocinio de líquidos para vapear y dispositivos que los contengan.
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Seis meses para adaptarse
A partir de la publicación del reglamento en el diario oficial La Gaceta, fabricantes, importadores y comercializadores tendrán un plazo improrrogable de seis meses para adaptarse.
«Vamos a tener un mayor control y vigilancia, a través de muestreos aleatorios en los puntos de venta y almacenes, para garantizar el cumplimiento de la normativa», afirmó Munive.