Colección de ¢ 100, ¢ 200 o ¢ 500 recibe usuarios de diferentes terminales de autobuses, un escenario ahora colocado bajo lupa legal.
Un proyecto de ley tiene como objetivo eliminar estas tasas, y como parte de su proceso, se envió una consulta sobre esta propuesta a la oficina del abogado -general.
La entidad ha definido que «determinar un impuesto razonable o no mediante el uso de servicios de salud en la terminal de autobuses no es contrario a los derechos fundamentales».
Con esto, la ley puede resolver las pautas establecidas a este respecto. Dependiendo de los extremos impuestos en la legislación final, una voz calificada puede ser necesaria naturalmente en la reunión, es decir, la aprobación con 38 votos.
En la actualidad, el problema se plantea en el archivo 24,643, bajo el ímpetu de los seis delegados de Nueva República.
Los legisladores introducen una reforma en la Ley de Salud General, de modo que ahora se lee:
Los propietarios y representantes, administradores y gerentes de gestión del transporte deben mantener los vehículos, las estaciones terminales y los servicios de salud en buenas condiciones de limpieza y continuarán con su conveniente desinfección, variedad, eliminación y la destrucción de otros animales nocivos y el cumplimiento de las medidas especiales que la salud competente del país puede evitar.
No pueden pagar por proporcionar servicios de salud en cualquier terminal de autobuses en el país a sus usuarios.Proyecto 24.643.
Contra la recolección de baños en la parada de buse
Como justificación de la factura, los delegados señalan que los usuarios ya pagan boletos o ‘boletos’ del servicio de autobuses, y que deben usar la terminal para su transporte.
«Hay ganancias con respecto a la provisión de servicios de salud en la terminal de autobuses, esta es una realidad desafortunada, como el estado, en apego al interés público que tiene la salud pública, debe garantizar que todos los usuarios, independientemente de su nivel socioeconómico, usen servicios de salud gratuitos», argumentan los legisladores.
«Existe una laguna legítima con respecto a la recolección o no colección de servicios», explica el racionamiento de las regulaciones actuales.
Los legisladores del bloque agregan que otros países, incluido México, ya han establecido regulaciones en la recolección de baños en paradas, que venden por completo la práctica.
Agregan que ya hay un aprendizaje legal que ha prohibido la colección de baños en otros espacios públicos, como los mercados.
«En nuestro país, el 49% de las personas que usan el servicio de autobuses deben usar los baños en la terminal de autobuses. Sin embargo, la recolección de estos servicios es un obstáculo para los sectores más vulnerables de la población, como personas con bajos ingresos, adultos mayores, estudiantes, personas con discapacidades y personas con condiciones de salud específicas», concluyeron.
El final de la Ley puede reclamar la mayoría calificada
En cuanto al escenario de colección actual para el uso de baños, el PGR explicó que se han hecho diferentes preguntas similares en los últimos años.
Las conclusiones sobre este tema se dividen en tres puntos:
- Los lugares públicos tienen la obligación de tener baños.
- La recolección para el uso de servicios de salud debe formar una tarifa razonable.
- La colección para el uso de servicios de salud no es desproporcionada ni irrazonable, siempre que el destino de los recursos sea para mantener estas instalaciones para que permanezca en condiciones higiénicas.
Nota Más: Buseros se desarrollará en una aplicación en tiempo real con la ubicación de paradas y autobuses
El escenario general insiste en que la colección razonable no está prohibida. Para aceptar la idea de declarar los servicios universales y tener en cuenta que existe una terminal desarrollada por empresas privadas, se ampliará un debate sobre los derechos de propiedad, de los cuales las transformaciones solicitan a una mayoría calificada (38 votos de los 57 delegados) para realizar.
«Sí, el servicio de salud gratuito en las instalaciones de naturaleza privada estará disponible, sin una disposición relacionada con una restricción sobre el uso, debe considerarse una influencia final en los derechos de propiedad, garantizados en el artículo 45 de la constitución política. El precedente por el voto calificado que se predica para el proyecto».