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ROP: Explicamos qué es, cómo opera y en qué circunstancias puede ser eliminado.

El sistema de pensiones complementarias obligatorias (ROP) está diseñado para ofrecer un ahorro que complemente la pensión básica que los trabajadores reciben al jubilarse bajo el régimen de discapacidad, vejez y muerte (IVM), así como en el magisterio nacional y el poder judicial.

Este sistema se financia a través de una contribución obligatoria del 4.25%, que se deduce del salario de los trabajadores: el empleador aporta un 3.25% y el trabajador un 1%. Los fondos son administrados por operadores de pensiones adicionales (OPC).

Su propósito es elevar la calidad de vida de los jubilados al momento de su jubilación.

En Costa Rica, hay seis operadores responsables de gestionar y invertir estos fondos para generar rendimientos a largo plazo.

Estos operadores son: Bn Vital (Banco Nacional), Pensiones BCR (Banco de Costa Rica), Pensiones Populares (Banco Popular), Vida Completa, Pensiones BAC (Crédito BAC) y OPC CCSS.

El sistema es supervisado por la Superintendencia de Pensiones (Supen), que regula a los operadores para asegurar la seguridad y rentabilidad de los ahorros de los trabajadores.

Al alcanzar la edad de jubilación, los afiliados pueden acceder a sus fondos a través de diferentes métodos de retiro, dependiendo de su saldo acumulado y las regulaciones vigentes.

Conforme a la ley n ° 7893, Trabajando bien, existen ciertas condiciones bajo las cuales se puede acceder a los fondos de manera anticipada.

Los individuos que hayan adquirido derechos de pensión antes del 1 de enero de 2021 tienen la opción de recibir un pago mensual durante 30 meses hasta agotar su saldo, o retirar dinero en cuatro etapas del 25% de lo acumulado, siendo el primer pago entregado 60 días tras la solicitud.

«Las personas que han tenido un ingreso temporal equivalente al número de cuotas, también podrán contribuir a la ROP», señaló la sugerencia.

Además, se asegura que en casos de enfermedad terminal, los jubilados pueden solicitar un retiro total, siempre que su estado sea certificado por el CCSS.

Este mismo estándar aclara que no aplica para empleados jubilados, trabajadores independientes y desempleados que no sean pensionistas por vejez o discapacidad.

El proceso se inicia cuando el afiliado cumple con los requisitos de pensión por vejez.

Supen indicó que, seis meses antes de la jubilación, el OPC se pone en contacto con el afiliado para ofrecerle asesoramiento sobre los beneficios disponibles.

Después, se verifica que el afiliado haya alcanzado la edad y los requisitos para acceder a la pensión.

Una vez que el afiliado recibe su pensión del régimen básico, debe presentar su certificación de pensiones a su operador de jubilación suplementaria.

Finalmente, el afiliado elige un plan de servicio, esto es, la modalidad en la que recibirá los fondos.

«El plan de beneficios es una de las formas posibles de recibir este dinero. Se trata de una pensión complementaria para la vejez, de modo que el dinero no puede ser retirado en un solo pago, como si se tratara de ahorros», explicó el portavoz.

En su lugar, se distribuye en pagos mensuales, ya que su objetivo es proporcionar ingresos adicionales.

La Superintendencia enfatiza la relevancia de seleccionar un OPC que se ajuste a las necesidades de cada afiliado.

Para lograr esto, se recomienda prestar atención a dos factores específicos.

Primero, la rentabilidad. Esto hace referencia a las ganancias obtenidas al mantener los ahorros con un operador de jubilación.

Los datos pueden ser comparados en los informes que se envían a los afiliados y en las estadísticas disponibles en el sitio web de la institución.

Para medir el rendimiento, «se aconseja evaluar la rentabilidad histórica del fondo, ya que las inversiones en pensiones están diseñadas para generar rendimientos a largo plazo», afirmó.

El segundo factor a considerar son las comisiones que corresponden al costo de administrar los fondos.

Esta información está disponible en el reporte mensual bajo el título de «Comisión para la Administración».

Finalmente, la entidad destaca que «cada OPC define y comunica sus canales digitales, disponibles para sus afiliados y jubilados para realizar consultas y procedimiento en línea.»

Estas plataformas permiten a los usuarios verificar sus estados, gestionar solicitudes y recibir asesoramiento sin necesidad de acudir físicamente a las oficinas.

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